Los principios que inspiran la Protección de Datos, están recogidos en La Ley Orgánica de Protección de Datos, 15/99, en su Titulo II, artículos 4 a 12.
Los datos que te identifican son aquellos que directa o indirectamente te conciernen…el nombre, los apellidos, la huella digital, fecha de nacimiento, dirección postal o electrónica, número de teléfono, identificación fiscal, matrícula del coche, una fotografía…….El Derecho a la protección de Datos reconoce a todo ciudadano la facultad de controlar sus datos personales y disponer o decidir acerca de ellos.Su Tratamiento exige:
Calidad
Los datos han de ser adecuados, pertinentes y no excesivos, en relación con su ámbito y finalidad; han de ser exactos y estar actualizados; su conservación no puede ir más allá de un periodo absolutamente necesario, debiendo cancelarse cuando dejen de ser precisos. Los datos personales deben almacenarse de manera que permitan el Derecho de Acceso.
Información
Los interesados a los que se le soliciten datos personales han de ser previamente informados acerca de la existencia del tratamiento de datos. De si las respuestas a alas preguntas que se le planteen tienen carácter obligatorio o facultativo. De las consecuencias de suministrar los datos o su negativa a hacerlo. De cómo pueden efectuar los Derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición. También ha de indicarse al interesado la identidad y dirección del responsable del tratamiento de datos o de su representante.
En el supuesto de que en un fichero existan datos personales que no hayan sido obtenidos del interesado, dentro de los tres meses siguientes a su registro, debe el interesado ser informado de forma expresa. Solo cuando la Ley así lo prevea, o cuando el tratamiento tenga fines Históricos, Estadísticos o científicos, o cuando la información al interesado exija esfuerzos desproporcionados, a criterio de la AEPD (Agencia Española de Protección de Datos).
Se informará, asimismo, al interesado si los datos proceden de fuentes accesibles al público y su destino lo sea para publicidad o prospección comercial.
Consentimiento
El interesado dará siempre su consentimiento inequívoco al tratamiento de datos personales, salvo que la Ley disponga otra cosa. Se excepciona el consentimiento cuando los datos se recojan para el ejercicio de funciones propias de la Administración en el campo de su competencia; cuando se refiere a las partes de un contrato de relación negocial, laboral o administrativa; cuando tenga como finalidad proteger el interés vital del interesado, o cuando los datos figuren en fuentes accesibles al público.
El consentimiento puede ser revocado con justa causa.
Para los supuestos en que no sea necesario el consentimiento del interesado para el tratamiento de datos de carácter personal, éste podrá oponerse a su tratamiento cuando tenga motivos fundados y legítimos relativos a una situación personal. En este caso, el responsable del fichero excluirá del tratamiento los datos relativos al afectado.
Datos especialmente protegidos
Lo son los que revelan ideología, afiliación, religión o creencias. Las asociaciones, fundaciones u otras organizaciones que tengan finalidad política, religiosa o sindical, podrán tener datos relativos a sus asociados, pero para su Cesión, precisarán siempre del consentimiento expreso del afectado.
Lo son también, los datos referentes a origen racial, a la salud y a la vida sexual.
Los datos concernientes a la comisión de infracciones penales o administrativas, solo pueden ser incluidos en ficheros de las Administraciones Públicas competentes y en los supuestos previstos en la normativa.
Los datos personales de salud y vida sexual podrán ser tratados cuando sea necesario para la prevención o diagnósticos médicos, prestación de asistencia sanitaria o gestión de servicios sanitarios, siempre que el tratamiento de dichos datos se realice por un profesional sanitario sujeto a secreto profesional o persona con obligación equivalente al secreto.
También, si preciso fuere, para salvaguardar el interés vital del interesado u otra persona si ésta está incapacitada para dar su consentimiento. Los datos relativos a la Salud se rigen por lo dispuesto en la Legislación Sanitaria.
Seguridad
El responsable del fichero y el encargado del tratamiento han de adoptar las medidas precisas a fin de evitar la alteración de los datos, su pérdida o acceso no autorizado. Los ficheros han de reunir las condiciones que reglamentariamente se les exija respecto a su integridad y seguridad.
El responsable del fichero y quienes intervengan en cualquier fase del mismo, están obligados a guardar Secreto sobre los datos personales y tienen el deber de guardarlos. A Los datos de carácter personal solo puede Cederse a un tercero para que éste cumpla sus funciones, siempre con consentimiento del interesado. Se excepciona de este consentimiento cuando la Ley así lo autorice, cuando su recogida proceda de fuentes accesibles al público, cuando responda a la libre y legítima aceptación de una relación jurídica; cuando tenga por destinatario al Defensor del Pueblo,, al Ministerio Fiscal o a Jueces y Tribunales, al Tribunal de Cuentas; cuando se efectúe entre administraciones y tenga por finalidad fines Históricos, Estadísticos o Científicos; y cuando los datos relativos a la salud sean precisos para solucionar una urgencia que requiera acceder a un fichero, paras estudios Epidemiológicos de acuerdo con la legislación Sanitaria.
El consentimiento será nulo, cuando la información que se facilite al interesado no le permita conocer cual es la finalidad a que van a ser destinados esos datos.
El Consentimiento para la comunicación de datos de carácter personal tiene carácter Revocable.
Sabes si tus datos están protegidos?. Ojo al dato
mariagude